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Angélica Lozano busca saldar deuda con el medio ambiente

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El pasado 7 de abril radicamos en la Cámara de Representantes un proyecto de ley “por medio de la cual se establecen la definición oficial, la tipología y los mecanismos para la gestión de pasivos ambientales en Colombia y se dictan otras disposiciones”.
A pesar de no existir una definición oficial y legislativamente aceptada de pasivo ambiental en nuestro país, según el informe más reciente conocido por el Congreso y realizado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en 2018, la situación referente a los pasivos ambientales en Colombia se encuentra en una etapa inicial. La definición de ese documento dice que los pasivos ambientales son:

“Impactos ambientales negativos ubicados y delimitados geográficamente, que no fueron oportuna o adecuadamente mitigados, compensados, corregidos o reparados; causados por actividades antrópicas y que pueden generar un riesgo a la salud humana o al ambiente”.

Según el informe, Colombia tiene un total de 5.111 áreas con sospecha de constituir un pasivo ambiental, pero no hay claridades en su identificación, magnitud y responsable.

Es decir, hoy no sabemos cuánto le deben al ambiente ni cuál es la magnitud de los pasivos ambientales. Tampoco sabemos quién asume la responsabilidad de las huellas que algunas actividades dejan en el medio ambiente, cómo se identifican ni cómo saber cuándo algo daña para siempre a un ecosistema. Mi propuesta es regular esta problemática para identificarlos, cuantificarlos y establecer responsables.
Consolidar una única definición de los pasivos ambientales mediante Ley de la República, permitirá tener un “marco de referencia” acerca de las acciones, responsabilidades y obligaciones de las autoridades, así como asignar la responsabilidad y obligaciones de actores vinculados con la generación, atención y gestión de los pasivos ambientales en todo el territorio nacional.

¿Por qué es importante este proyecto?

  • Mediante esta Ley se podrá concertar una definición única de “pasivos ambientales” en Colombia, lo cual ha resultado ser un conflicto en temas jurídicos referentes a los pasivos ambientales, debido a la ambigüedad existente alrededor del término.

  • Mediante la creación de la normatividad específica, referida a los pasivos ambientales, se previenen afectaciones serias y prolongadas en el tiempo para el medio ambiente, la biodiversidad, los servicios ecosistémicos, la salud de comunidades humanas y el desarrollo económico de las regiones donde se realizan los proyectos mineros.
  • Es de vital importancia la creación de la Comisión Intersectorial para la Gestión de pasivos ambientales dedicada a regular, coordinar y gestionar los pasivos ambientales pasados (pasivos ambientales huérfanos), actuales y futuros. Esto, teniendo en cuenta el elevado número de reportes de zonas de sospechas de casos de pasivos ambientales.
  • Mediante la regulación, prevención y reglamentación de los pasivos ambientales en Colombia, se previene la irresponsabilidad técnica y financiera frente a las consecuencias ambientales en el territorio que tienen efectos directos a la salud, economía, sostenibilidad y conservación de la biodiversidad y servicios ecosistémicos. De esta manera se le quita un peso de encima al Estado al tener que hacer frente a consecuencias sociales y ambientales que fueron abandonadas por algún proyecto, lo cual ha sido recomendado incorporarlo al marco normativo por la Contraloría General de la República (CGR).
  • Mediante el Fondo de Pasivos Ambientales en el Sistema Nacional de Regalías y la Subcuenta de Pasivos Ambientales en el Fondo Nacional Ambiental, se reglamenta la financiación para los pasivos ambientales, haciendo frente al problema financiero proveniente de los pasivos ambientales y su mitigación.
Conoce todo el proyecto en https://angelicalozano.co/proyecto-pasivos-ambientales/
 
Y súmate a la conversación en redes sociales a través del numeral #CuántoLeDebenAlAmbiente

Angélica Lozano Correa
Senadora de la República
Partido Alianza Verde
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